Subvenciones y subastas de energía en España

A.   Subvenciones en España

Actualmente hay subvenciones públicas en España para el sector energético, como ha aprobado el Gobierno de España.  Estas ayudas son gestionadas por las diferentes Comunidades Autónomas, y son variables respecto a los tipos de proyectos subvencionables, quienes son los beneficiaros de las ayudas, que tipos de proyectos pueden ser subvencionados, la cantidad que se podría recibir, etc.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-10824

Real Decreto 477/2021, de 29 de junio de 2021 donde se detallan la información general de las subvenciones.  

En el artículo 13, páginas 77959-779560, podrá encontrar los detalles sobre los programas subvencionables:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
  • Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
  • Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

 

Nosotros somos especialistas en energía fotovoltaica (paneles solares) que se incluyen en el sector de energías renovables. Por lo tanto, los proyectos con paneles solares si pueden ser subvencionados, si se cumplen todos los requisitos solicitados.

Cantidad de las ayudas

(Anexo III, páginas  77981 a 7790 del anterior enlace)

La cuantía de las ayudas dependerá de múltiples factores, como tipo de proyecto, tamaño de proyecto, tamaño de la empresa solicitante, etc.  Se podría decir, de forma breve, general y orientativa, que su empresa podría recibir aproximadamente entre un 20 a un 40% del total de la inversión realizada (confirmar en las convocatorias oficiales de cada Comunidad Autónoma)

Esta cantidad es meramente orientativa, recomendamos consultar detalladamente el boletín oficial de su Comunidad Autónoma una vez haya sido publicado.

Una vez publicado por el Gobierno de España, son las Comunidades Autónomas las que gestionan las subvenciones. Para ello, ya han aprobado o lo harán próximamente, sus respectivas convocatorias de subvenciones  (plazos de solicitud, requisitos y documentación, etc).

Para conocer si ya ha sido publicada la convocatoria en su Comunidad Autónoma, le recomendamos visitar el siguiente enlace, o ver el boletín oficial de su comunidad.

https://www.unef.es/es/comunicacion/comunicacion-post/estado-convocatorias-fondos-nextgen-autoconsumo-2021

Aparte de todo lo mencionado, también podría haber otras ayudas previas, en su Comunidad Autónoma. O puede que haya nuevas convocatorias en el futuro.

Por lo tanto, le recomendamos que hable con su departamento de administración o gestoría externa,  y esté informado sobre la situación y detalles en su Comunidad Autónoma.

Podemos resumir, de forma muy general y sencilla, que las subvenciones arriba mencionadas están disponibles para:

Nuevas instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en los sectores:

  • servicios
  • en otros sectores  productivos de la economía
  • en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en los sectores:

  • sector servicios y otros sectores productivos. 
  • sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. 

Aclaraciones: Dentro de las diversas fuentes de energía renovable,  se encuentra la energía fotovoltaica (paneles solares) que es la especialidad de nuestra empresa.

Autoconsumo quiere decir que usted mismo, en su edificio u otra instalación con una superficie disponible, usted puede instalar fuentes de energía renovable, producir su propia electricidad, auto consumirla según sus necesidades, y vender la energía sobrante que no consuma. También podría instalar sistemas de almacenamiento de electricidad.

Existen varias opciones dentro del autoconsumo:

  • Quién: Su autoconsumo puede ser individual o colectivo
  • Dónde: En una instalación en una red interior, o en una instalación a través de red
  • Autoproducción:
    • Usted puede no tener excedentes (consume toda la electricidad que usted mismo produce)
    • Usted puede no tener excedentes, pero con compensación.
    • Usted puede tener excedentes, pero no acogidos a compensación
    • Usted puede tener excedentes, y solicitar compensación

 

Es decir, la nueva ley de Autoconsumo le permite producir y consumir su propia electricidad, seguir conectado a la red y comprar electricidad cuando la necesite, y también le permite vender sus excedentes de electricidad a la red, pudiendo solicitar compensación por ello.

Para tener más información detallada sobre el Autoconsumo le recomendamos leer los siguientes enlaces:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-5089

Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica

https://www.idae.es/sites/default/files/documentos/publicaciones_idae/guia_autoconsumo_5_pasos_ok.pdf   (breve resumen)

https://www.unef.es/es/autoconsumo  (más información sobre las distintas Comunidades Autónomas)

Ministry of Solar es especialista en instalaciones fotovoltaicas con paneles solares en cualquier superficie, por lo tanto, ideales para proyectos de Autoconsumo y poder optar a las subvenciones ya comentadas. 

  • Sobre tejado: Somos especialistas en instalación sobre tejados, principalmente para el sector Industrial, y cualquier gran edificio con alto consumo energético y gran superficie de tejado disponible. Ideales para Autoconsumo.
  • En suelo: También son válidos para autoconsumo, si se cumplen los requisitos marcados por la ley **
  • Marquesinas para coches: También pueden ser válidas para autoconsumo, si se cumplen los requisitos marcados por la ley **
  • En superficies de agua embalsada: También pueden ser válidas para autoconsumo, si se cumplen los requisitos marcados por la ley **

 

** (ver Real Decreto 244/2019 de 5 de abril,  indicado anteriormente)

 

 

B. Subastas de energía renovable en España

Nosotros también somos especialistas en proyectos fotovoltaicos (huertas solares), de cualquier tamaño (desde miles de m2 hasta cientos de ha de superficie).

Estos proyectos son ideales para inversores que tengan interés en proteger el medio ambiente, en energías renovables, en proyectos rentables, fáciles de mantener  yque producen energía limpia, lo que supone seguir las tendencias y políticas actuales marcadas por los gobiernos y organismos internacionales en la lucha contra el cambio climático para reducir emisiones de Co2 y el calentamiento global.

Un propietario de una huerta solar podrá vender la electricidad de varias formas. Directamente a un cliente, a una comercializadora que les represente en el mercado, etc. En la península ibérica, en el mercado regulado, el precio de la electricidad se fija diariamente en una subasta diaria, donde se emparejan la oferta y la demanda para cada una de las 24 horas del día siguiente, y así se fija el precio de la electricidad.  Este es el llamado «pool» o mercado mayorista regulado.

Para obtener más información, visite:  https://www.omie.es/

Nota: Toda esta información es solamente informativa, sin ningún tipo de valor vinculante o de compromiso por nuestra parte. Le recomendamos acudir a las fuentes oficiales de información.

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